• Con esta acción se busca verificar cómo los proveedores informan los derechos y obligaciones de las y los consumidores, entre otras cosas.
  • Este despliegue se realizará a nivel nacional, abarcando más de 20 sucursales de servicios de estacionamientos.
  • Los proveedores de los servicios de estacionamientos son responsables de la seguridad al interior de sus recintos, debiendo responder en caso de robos o hurtos.

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), inició un proceso de fiscalización a nivel nacional a los servicios de estacionamientos, con el objetivo de verificar principalmente el cumplimiento de la Ley N° 20.967, que regula el cobro de servicios de estacionamiento, específicamente:

  • Verificar cómo los proveedores informan los derechos y obligaciones de las y los consumidores.
  • Constatar que los sistemas de cobros se ajusten a la Ley del Consumidor.
  • Conocer la operación y ejecución de los protocolos de seguridad ante robos, hurtos y/o daños a los vehículos, un derecho clave garantizado por la Ley N° 20.967

Es así, como este despliegue se realizará a lo largo del país, abarcando más de 20 sucursales de servicios de estacionamientos, no descartando ampliar este número.

Dentro de los aspectos que serán fiscalizados por el Servicio se encuentra, por ejemplo, información sobre tarifas y modalidades de cobro, responsabilidad del proveedor ante delitos y condiciones de seguridad.

Es importante recordar que, al momento de realizar el cobro por el servicio, las empresas pueden optar por una de las siguientes modalidades:

  • Cobropor minuto efectivo de uso del servicio.
  • Cobro por tramo de tiempo vencido, debiendo el primer tramo ser de, al menos, media hora y los siguientes de, al menos, diez minutos.

En ningún caso, el proveedor podrá redondear o aproximar la tarifa al alza.

DERECHOS DE LAS Y LOS CONSUMIDORES

  • Los proveedores deben exhibir de forma clara y visible los derechos de las y los consumidores en los ingresos al recinto y lugares de pago, haciendo mención a su derecho de acudir al SERNAC o a juzgados de policía local, en caso de infracciones.
  • Las y los consumidores tienen derecho a conocer el precio o tarifa del servicio y la modalidad de cobro aplicada por el proveedor.
  • En caso de pérdida del comprobante de ingreso, la empresa deberá consultar sus registros con el fin de determinar el tiempo efectivo de utilización del servicio, y cobrar el precio o tarifa correspondiente a éste
  • La empresa debe tener medidas de vigilancia eficaces y proporcionales al recinto, como por ej. cámaras, accesos controlados o personal que vigile los estacionamientos en tiempo real, y debe responder a aquellos consumidores que sufran daños o robos en sus vehículos.
  • La Ley establece que, si la empresa no toma las medidas de seguridad adecuadas y el consumidor sufre algún daño o robo en su vehículo, producto de esa negligencia, debe responder.
  • En este sentido, las empresas no pueden desentenderse de su obligación con carteles o declaraciones donde se exima o limite dicha responsabilidad. Los carteles en los que la empresa dice no hacerse responsable de daños, robos o hurtos, son contrarios a la Ley del Consumidor (LPC).

En caso de querer ingresar un reclamo por un hecho asociado a estacionamientos, se puede hacer directamente en SERNAC.cl, llamando gratuitamente al 800 700 100 o de manera presencial en las oficinas ubicadas en cada región del país.